Referir que si bien se aduce que la acción impugnaticia se opone al Auto de
Por otro lado, la Sala Penal identifica insostenibilidad estructural del contenido y el planteamiento del recurso, pues sobre las problemáticas aducidas, que en posición del que recurre deben ser analizadas por esta Sala, es necesario dejar establecido que son realizadas por una argumentación imprecisa, en la que se concentran argumentos de tipo jurídico y fáctico de manera yuxtapuesta, carente de orden, de manera fragmentaria e inconclusa, que abarcan cuestiones dispares y con una generalidad que cae en la mera insinuación. Tal el caso de la referencia sobre violación del art. 193 inc. c) del CNNA, en el que denuncia una mala interpretación de esa norma basado en consideraciones subjetivas expresadas en adjetivos, sin que se exponga al menos un argumento que predisponga relevancia jurídica e interés casacional.
El trato descrito es reiterado a momento de reclamar una supuesta errónea apreciación de la prueba testifical, ya que sobreponiendo el adjetivo y la opinión coloquial sobre el argumento jurídico o la expresión simple de vulneración de derechos, el recurrente reitera su descontento con la valoración de las pruebas, sin indicar si tal reclamo se dirige contra la sentencia o bien el Auto de Vista que habilita recurrir en casación.
Referir que si bien se aduce que la acción impugnaticia se opone al Auto de Vista de 10 de agosto de 2017, los planteamientos, como se tiene aludido, se hallan indeterminadas entre cual el acto o momento que se impugna; pues cuestiones de hecho, errónea valoración de la prueba y errónea aplicación de la norma sustantiva (aspectos directamente relacionados con el recurso de apelación restringida) son desarrolladas incidiendo de manera indistinta entre el Auto de Vista impugnado y la Sentencia. Imprecisión que no condice de modo alguno a la configuración procesal otorgada al recurso de casación como medio extraordinario de impugnación reservado solamente contra Autos de Vista, como lo señala la primera parte del art. 416 del CPP
- Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Erland Rea Céspedes interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c)Por diligencia de 6 de septiembre de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Añade que la valoración negativa de las palabras utilizadas por la menor para referirse al
- Enunciando el “Considerando III” (sic), indica el recurrente que en la calificación de insuficiencia y
- Con el rótulo de “indebida y errónea apreciación de la prueba testifical” (sic) y describiendo
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 373 de 6 de septiembre de 2016, 410
- Reclama que en la conclusión del Tribunal de apelación sobre la vulneración de la sana
- Denuncia la inobservancia de las normas de deliberación y redacción de la Sentencia, pues la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación
- De ahí en más, la Sala identifica dos falencias que la pretensión casacional posee, que
- Referir que si bien se aduce que la acción impugnaticia se opone al Auto de
- Finalmente la Sala Penal, deja sentado que el recurso de casación no es más que
- Orientar la apertura de competencia casacional, a partir de la inducción, deducción o suposición de
- Por lo expuesto, siendo el recurso manifiestamente defectuoso, no cumple los requisitos mínimos necesarios exigidos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
