Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Previa referencia sobre la naturaleza del recurso de casación, el recurrente manifiesta que el Auto de Vista recurrido no tomó en cuenta que en la formulación de su recurso de apelación restringida señaló como precedente contradictorio el Auto de Vista “29550/2006” de 9 de diciembre, emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba; toda vez, que en la Sentencia no existía ninguna fundamentación ni valoración de las pruebas para incriminarlo por el ilícito acusado, ni contenía los hechos probados, no probados, ni los fundamentos de hecho y derecho, incurriendo en el defecto del art. 370 incs. 4), 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), y contradiciendo lo establecido por el art. 124 de la citada norma procesal penal; no obstante, no fueron tomados en cuenta por el Tribunal de alzada que si bien no puede ingresar a la valoración de la prueba en base al precedente que invocó, considera, que debió ser motivo de pronunciamiento y en consecuencia disponer la anulación de la Sentencia en razón a la mala valoración probatoria y no confirmarla, lo que vulnera sus derechos y garantías constitucionales de contar con una sentencia absolutoria fundada en una sana crítica
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2017, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado Felipe Mora Coria formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Por diligencia de 27 de noviembre de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, respecto al único motivo, en el que reclama que el Auto de Vista
- Por los argumentos expuestos, se tiene que el presente recurso de casación no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
