No obstante de lo manifestado anteriormente, se advierte que el recurrente identificó plenamente el hecho
No obstante de lo manifestado anteriormente, se advierte que el recurrente identificó plenamente el hecho concreto que le causa agravio y el argumento del Auto de Vista que habría originado la restricción (El Auto de Vista al rechazar in limine su recurso de apelación no advirtió que el mismo precisó la violación de la norma vulnerada y con sus respectivos fundamentos expresó cuál su pretensión); precisando asimismo la vulneración de sus derechos constitucionales (acceso a la justicia y debido proceso en su componente del derecho de impugnación); explicando en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que incurrió el Tribunal de alzada; y, el resultado dañoso emergente del defecto (El Auto de Vista aplicó de manera correcta las previsiones del art. 399 del CPP, porque el recurrente hubiera cumplido con los requisitos de forma para la admisión de su recurso). De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que el recurrente cumplió con los presupuestos de flexibilización, haciendo viable la admisión de este motivo en forma extraordinaria
- Por memorial presentado el 9 de octubre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 208/2016-R de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto a la temática planteada invocó como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional “1855/2003-R”, de la
- Por otro lado se advierte que el recurrente no invocó precedente contradictorio válido y por
- No obstante de lo manifestado anteriormente, se advierte que el recurrente identificó plenamente el hecho
- El segundo motivo, en el que hace referencia a que el Auto de Vista no
- Respecto al Auto Supremo 496/2016 de 1 de julio, refiere que su doctrina legal se
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
