CONSIDERANDO II
I.5. Contestación al recurso de casación
A través de memorial cursante de fs. 193 y vta., la demandante refirió que el art. 271 del Código Procesal Civil establece las causales de casación, que no las cuales no fueron cumplidas por la empresa recurrente en su recurso de casación, por lo que corresponde que dicho recurso sea rechazado y se declare la ejecutoria del Auto de Vista.
CONSIDERANDO II
A través de memorial cursante de fs. 193 y vta., la demandante refirió que el art. 271 del Código Procesal Civil establece las causales de casación, que no las cuales no fueron cumplidas por la empresa recurrente en su recurso de casación, por lo que corresponde que dicho recurso sea rechazado y se declare la ejecutoria del Auto de Vista.
CONSIDERANDO II
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- CONSIDERANDO I
- I.2 Auto de Vista
- Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la empresa demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la empresa demandada formule el recurso de casación
- Concluyó solicitando que por lo brevemente expuesto sea resuelto dicho Auto conforme al numeral
- CONSIDERANDO II
- Que, interpuesto de esa manera el recurso de casación, es necesario precisar, que la abundante
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación conforme a la disposición legal contenida
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese y notifíquese.
