El mencionado Auto de Vista originó que la empresa demandada formule el recurso de casación
I.3. Motivos del recurso de casación
El mencionado Auto de Vista originó que la empresa demandada formule el recurso de casación cursante de fs. 190 y vta., que en lo esencial de su contenido señala:
Que, fue claro y concreto cuando en su apelación de sentencia explicó que jamás se pagó ni se prometió pago alguno de comisiones a los jefes, más si se pagaba comisiones a los promotores, siendo esto descrito de fs. 14 a 16, existiendo un correo que no tiene firma y en la empresa los jefes y más aún la hermana de la demandante quien también interpuso demanda por beneficios sociales, tenía libre acceso y bien podía decir que debía hasta su vida a la demandante, no siendo prueba para que tenga que pagar algún derecho expectantico que jamás pago a nadie con ese cargo, aspecto demostrado de las pruebas del proceso, existiendo el indicio que los últimos 6 meses jamás recibió comisión alguna, ya que desde que entro hasta que se salió nunca se pagó ni se prometió pagar de su carta como propietario o accionista mayoritario
El mencionado Auto de Vista originó que la empresa demandada formule el recurso de casación cursante de fs. 190 y vta., que en lo esencial de su contenido señala:
Que, fue claro y concreto cuando en su apelación de sentencia explicó que jamás se pagó ni se prometió pago alguno de comisiones a los jefes, más si se pagaba comisiones a los promotores, siendo esto descrito de fs. 14 a 16, existiendo un correo que no tiene firma y en la empresa los jefes y más aún la hermana de la demandante quien también interpuso demanda por beneficios sociales, tenía libre acceso y bien podía decir que debía hasta su vida a la demandante, no siendo prueba para que tenga que pagar algún derecho expectantico que jamás pago a nadie con ese cargo, aspecto demostrado de las pruebas del proceso, existiendo el indicio que los últimos 6 meses jamás recibió comisión alguna, ya que desde que entro hasta que se salió nunca se pagó ni se prometió pagar de su carta como propietario o accionista mayoritario
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- CONSIDERANDO I
- I.2 Auto de Vista
- Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la empresa demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la empresa demandada formule el recurso de casación
- Concluyó solicitando que por lo brevemente expuesto sea resuelto dicho Auto conforme al numeral
- CONSIDERANDO II
- Que, interpuesto de esa manera el recurso de casación, es necesario precisar, que la abundante
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación conforme a la disposición legal contenida
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese y notifíquese.
