CONSIDERANDO I
VISTOS: El recurso de casación de fs. 546 a 549 vta., interpuesto por Paulino López Jurado y el recurso de casación de Félix Villa Valdez y Laura López Jurado de Villa de fs. 553 a 554 vta., contra el Auto de Vista Nº 09/2018 de 05 de enero, cursante de fs. 535 a 539 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso ordinario de Reivindicación, seguido por CADEPIA TARIJA contra Paulino Jurado López, Laura López Jurado y Félix Villa Valdez; el Auto de concesión del recurso de fecha 14 de marzo de 2018 cursante a fs. 570; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base a la demanda de fs. 42 a 45, aclarada a fs. 63 y 65 vta., CADEPIA-TARIJA a través de sus representantes inician proceso de reivindicación; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia de fecha 03 de diciembre de 2015 cursante de fs. 478 a 484, donde el Juez Partido en lo Civil y Comercial Primero de la Capital del Departamento de Tarija, declaró PROBADA parcialmente la demanda y en consecuencia dispuso que los demandados en el plazo de 30 días a partir de la ejecutoria del fallo procedan a la restitución de los bienes inmuebles demandados a favor de la Cámara Departamental de la Pequeña Industria y Artesanía de Tarija (CADEPIA-TARIJA)
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base a la demanda de fs. 42 a 45, aclarada a fs. 63 y 65 vta., CADEPIA-TARIJA a través de sus representantes inician proceso de reivindicación; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia de fecha 03 de diciembre de 2015 cursante de fs. 478 a 484, donde el Juez Partido en lo Civil y Comercial Primero de la Capital del Departamento de Tarija, declaró PROBADA parcialmente la demanda y en consecuencia dispuso que los demandados en el plazo de 30 días a partir de la ejecutoria del fallo procedan a la restitución de los bienes inmuebles demandados a favor de la Cámara Departamental de la Pequeña Industria y Artesanía de Tarija (CADEPIA-TARIJA)
- Expediente: T-10-18-S
- Partes: Cámara Departamental de la Pequeña Industria y Artesanía de Tarija “CADEPIA TARIJA”
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Paulino Jurado López
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Paulino Jurado López de fs
- En el marco de lo preceptuado en el art
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
