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    Auto Supremo AS/0164/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0164/2018

    Fecha: 20-Mar-2018

    El primer párrafo del art


    El primer párrafo del art. 125 del CPP, señala que: “El juez o tribunal de oficio podrá aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas” (las negrillas nos pertenecen)
    • Por memorial presentado el 16 de marzo de 2018, Juan Carlos Velásquez, solicita Complementación y
    • El impetrante solicita complementación y enmienda argumentando lo siguiente
    • D
    • II.1. Cumplimiento de Requisitos
    • El primer párrafo del art
    • Por otra parte, el párrafo segundo del precitado artículo, establece como plazo para la presentación
    • De obrados se establece que el Auto Supremo 034/2018-RA de 5 de febrero, fue notificado
    • II.2. Examen y resolución
    • En el marco legal precedentemente señalado, se pasa a resolver en los siguientes términos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad al art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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