Auto Supremo AS/0177/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0177/2018-RA

Fecha: 26-Mar-2018

Asimismo, se advierte que la entidad recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada, es

Asimismo, se advierte que la entidad recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº 460/2017 de fecha 13 de octubre de 2017, cursante de fs. 287 a 290 vta., de obrados, que fue pronunciado dentro del presente proceso ordinario de Resarcimiento de daños y perjuicios; éstos gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso, pues se interpuso oportunamente recurso de apelación contra la Sentencia de primera instancia, la cual dio lugar a la emisión de un Auto de Vista que confirma la resolución impugnada; en ese entendido, se colige que la interposición del recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical como a lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil