Auto Supremo AS/0094/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0094/2018

Fecha: 17-Abr-2018

En conclusión, al no haberse dado cumplimiento a la provisión contenida en el art

En conclusión, al no haberse dado cumplimiento a la provisión contenida en el art. 277. II del Código Procesal Civil, en cuanto se refiere a la admisión o improcedencia de los recursos interpuestos, normas procesales que son de orden público y cumplimiento obligatorio conforme instituye el art. 5 del Código Procesal Civil, cuya inobservancia, por su relación con la apertura de la competencia de este Tribunal, acarrea la nulidad de oficio hasta el vicio más antiguo