I.2 Motivos de los recursos de casación
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 430 a 436 vta., interpuesto por Kelly Diony Quisbert Callisaya y José Osmar Rojas Camargo, en representación legal de la Caja Nacional de Salud y el recurso de casación en parte de fs. 438 a 443 vta., planteado por James David Rocha Terraza, contra el Auto de Vista Nº 46/16 de 28 de abril de 2016, cursante de fs. 399 a 400, pronunciado por la Contencioso y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por James David Rocha Terrazas, contra la institución demandada, las respuesta de fs. 448 a 450 vta., el Auto de fs. 452 que concedió los recursos, el Auto Supremo Nº 380/2016-A de 17 de octubre de fs. 458 y vta. que admitió únicamente la casación de fs. 438 a 443 vta., los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Jueza Cuarta de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 048/2014 de 28 de febrero, cursante de fs. 322 a 327, declarando probada en parte la demanda de reincorporación, sin costas, disponiendo que la entidad demandada proceda a la reincorporación del trabajador al puesto que ocupaba antes del despido y con el salario que percibía antes de su despido, más el pago de sueldos devengados.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por ambas partes cursantes de fs. 352 a 354 vta. y de fs. 365 a 367 respectivamente, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 46/16 de 28 de abril, cursante de fs. 399 a 400, confirmó la Sentencia N° 48/2014 de 28 de febrero de fs. 322 a 327
I.2 Motivos de los recursos de casación
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Jueza Cuarta de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 048/2014 de 28 de febrero, cursante de fs. 322 a 327, declarando probada en parte la demanda de reincorporación, sin costas, disponiendo que la entidad demandada proceda a la reincorporación del trabajador al puesto que ocupaba antes del despido y con el salario que percibía antes de su despido, más el pago de sueldos devengados.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por ambas partes cursantes de fs. 352 a 354 vta. y de fs. 365 a 367 respectivamente, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 46/16 de 28 de abril, cursante de fs. 399 a 400, confirmó la Sentencia N° 48/2014 de 28 de febrero de fs. 322 a 327
I.2 Motivos de los recursos de casación
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I.2 Motivos de los recursos de casación
- CONSIDERANDO II: Que con carácter previo a resolver los recursos de casación planteados, cabe señalar
- En ese contexto, de la revisión minuciosa de los antecedentes cursantes en el expediente, se
- Posteriormente, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto Nº 340/16 de 12
- En tal razón, al guardar esta situación, relación estricta con la competencia para conocer los
- En conclusión, al no haberse dado cumplimiento a la provisión contenida en el art
- Por lo expuesto, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- 2
- 3.- Proceder a nuevo sorteo de la causa, sin espera de turno
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
