En tal razón, al guardar esta situación, relación estricta con la competencia para conocer los
En tal razón, al guardar esta situación, relación estricta con la competencia para conocer los recursos de casación por este Tribunal Supremo, no se abre la misma para examinar el recurso respecto al cual no existe otorgamiento, situación que afecta al orden público y al debido proceso en su elemento del derecho a la defensa respecto del recurso deducido por el demandante, implicando la nulidad del Auto Supremo de fs. 458 y vta. de obrados
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I.2 Motivos de los recursos de casación
- CONSIDERANDO II: Que con carácter previo a resolver los recursos de casación planteados, cabe señalar
- En ese contexto, de la revisión minuciosa de los antecedentes cursantes en el expediente, se
- Posteriormente, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto Nº 340/16 de 12
- En tal razón, al guardar esta situación, relación estricta con la competencia para conocer los
- En conclusión, al no haberse dado cumplimiento a la provisión contenida en el art
- Por lo expuesto, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- 2
- 3.- Proceder a nuevo sorteo de la causa, sin espera de turno
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
