Auto Supremo AS/0122-1/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122-1/2018

Fecha: 02-Abr-2018

Considerando que el omitir pronunciamiento sobre este punto (aportes al sistema de reparto), se vulnera

Bajo este entendimiento, previa revisión de actuados procesales se evidencia que el Tribunal Ad quem no se pronunció sobre la solicitud hecha por el asegurado en su recurso de apelación, referido a los aportes realizados como dependiente de la Cervecería Taquiña, desde el 10 de agosto de 1982 hasta el 31 de diciembre de 1986, para lo que adjuntó el certificado cursante a fs. 102 del expediente.
Considerando que el omitir pronunciamiento sobre este punto (aportes al sistema de reparto), se vulnera el derecho fundamental que asiste al asegurado a gozar de una jubilación justa, prestación que debe ser resultado de todos los aportes realizados a la seguridad social de largo plazo durante su vida laboral, derecho que al encontrarse reconocido por el art. 45 de la CPE, conlleva una intolerable vulneración de derechos, que no puede ser consentida por éste Tribunal