Auto Supremo AS/0238/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2018-RA

Fecha: 10-Abr-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 47/2016 de 18 de noviembre (fs. 366 a 376 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Nicolás Flores Márquez autor y culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años y seis meses de reclusión y cien días multa a razón de Bs. 1.- por día, a favor del Estado; por otra parte, María Quispe Llalle de Palomino fue absuelta del delito endilgado en su contra.    

Contra la mencionada Sentencia, los imputados Luís Palomino Campos y María Quispe Llalle de Palomino (fs. 380 a 383), y los acusadores particulares Nicolás Flores Márquez y Florentina Barja Quispe (fs. 398 a 404 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 58/17 de 5 de octubre de 2017, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedentes ambos recursos y confirmó la Sentencia apelada