Por diligencias de 4 de enero de 2018 (fs
Por diligencias de 4 de enero de 2018 (fs. 474 y 475), los recurrentes fueron notificados con el referido Auto de Vista; y, el 11 del mismo mes y año, interpusieron el recurso de casación que es objeto del presente juicio de admisibilidad
- Por memorial presentado el 11 de enero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencias de 4 de enero de 2018 (fs
- Luego de reseñar los antecedentes del presente proceso, los recurrentes refieren como motivos de su
- Finalizando este motivo, los recurrentes afirman que el fallo que impugnan es contrario también a
- Alegan que a más de contener afirmaciones sobre defectuosa valoración de la prueba, el Auto
- Cuestionan que si bien el Auto de Vista impugnado posee un resumen de los puntos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- En el primer motivo del recurso, los recurrentes denuncian que el Tribunal de apelación actuó
- Como se tiene sintetizado precedentemente, los recurrentes plantean de modo puntual tres motivos de casación,
- Asimismo se deja sentado que el análisis de fondo no comprenderá la verificación de contradicción
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
