De conformidad al art
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 42.I num. 4) de la Ley del Órgano Judicial, declara ILEGAL, el recurso de compulsa de fs. 15 y vta., interpuesto por Marcelino Castro Lazo, contra el Auto de fecha 22 de marzo de 2018.
De conformidad al art. 5.3 del Reglamento de Multas Procesales, se impone multa al compulsante en favor del Tesoro Judicial, a ser gradúa en el equivalente a tres días de haber del juez ante quien se tramita la causa, cuyo monto mandará hacer efectivo el Juez A-quo
De conformidad al art. 5.3 del Reglamento de Multas Procesales, se impone multa al compulsante en favor del Tesoro Judicial, a ser gradúa en el equivalente a tres días de haber del juez ante quien se tramita la causa, cuyo monto mandará hacer efectivo el Juez A-quo
- Partes: Marcelino Castro Lazo c/ Vocales de la Sala Civil Tercera del
- Expediente: LP-37-18-Com
- Contra la referida resolución, Marcelino Castro Lazo interpone recurso de casación, que mereció el Auto
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Dentro de ese contexto, se debe referir que los alcances y la competencia del Tribunal
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema el art
- En el marco planteado precedentemente, corresponde recordar que el art
- Los procesos monitorios de entrega de herencia descrita en el art
- En consecuencia, se concluye que el Tribunal de Alzada al haber negado el recurso de
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
