Auto Supremo AS/0281/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2018

Fecha: 18-Abr-2018

En el marco planteado precedentemente, corresponde recordar que el art

Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador estableció la procedencia del recurso de casación contra autos de vista dictados en procesos ordinarios, su intencionalidad ha sido que este Máximo Tribunal de Justicia uniforme jurisprudencia de acuerdo a las atribuciones establecidas en el art. 42.I num. 3) de la Ley Nº 025, en aquellos casos de trascendencia a nivel nacional, entonces bajo esa directriz, el recurso de casación únicamente procederá contra autos de vista que resolvieren un Auto definitivo, autos de vista que resolvieren sentencias y en los casos expresamente establecidos por ley, siendo viable únicamente en proceso ordinario y no así para otros casos.
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Establecidos los antecedentes que informa el cuadernillo de compulsa, se concluye que el compulsante considera que se le negó indebidamente el recurso de casación planteado contra el Auto de Vista 45/2018 de 08 de febrero, que confirmó la sentencia que fue contraria a sus intereses.
En el marco planteado precedentemente, corresponde recordar que el art. 279 del Código Procesal Civil, señala que procede el recurso de compulsa por negativa indebida del recurso de apelación o del de casación, o por concesión errónea del recurso de apelación en efecto que no corresponda, a fin de que el superior declare la legalidad o ilegalidad de la resolución objeto del recurso