POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 70 a 73, interpuesto por la entidad gestora, contra el Auto de Vista Nº 221/2016, pronunciado por la Sala Primera, Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba
- I.1. Resolución de la Comisión de Reclamación
- La Comisión de Calificación de Rentas, del SENASIR mediante Resolución 4785 de 29 de mayo
- Contra esta decisión el beneficiario Marcos Aguirre Tejerina, interpuso recurso de reclamación, por escrito de
- La Comisión de Reclamación, mediante Resolución Nº 487/2014 de 27 de junio, cursante de fs
- I. 2. Recurso de Apelación y Auto de Vista
- Dentro el plazo previsto por ley, contra la referida decisión asumida por la Comisión de
- I.3. Motivos del recurso de casación en el fondo
- Corrido en traslado el referido medio de impugnación, fue contestado por la parte contraria en
- 1
- En el presente caso el recurso de casación, interpuesto por SENASIR, fue presentado el 24
- En el caso de análisis, de la revisión de los antecedentes que sustentan al proceso,
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
