Auto Supremo AS/0195/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2018

Fecha: 07-May-2018

II.- CONSIDERACIONES PREVIAS

Auto de Vista.-
En grado de Apelación, promovido por el demandante, por Auto de Vista Nº 107 de 04 de julio de 2016, cursante a fs. 244-249, la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 05 de 13 de enero de 2014.
II.- CONSIDERACIONES PREVIAS:
Que el Tribunal de Casación en observancia de lo previsto por el art. 17.I de la Ley del Órgano Judicial y 106 del Código Procesal Civil, tiene, respecto a los tribunales inferiores, la facultad de revisión de oficio para verificar si, en las causas sometidas a su conocimiento, los jueces y tribunales observaron los plazos y leyes que rigen su tramitación y, en su caso, disponer al nulidad de oficio