Auto Supremo AS/0372/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2018

Fecha: 07-May-2018

Sobre este punto, el Testimonio No

CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
I.Con referencia a los agravios relativos a la falta de legitimación activa del actor basada en que únicamente tiene una anotación preventiva que ha caducado por lo que no puede demandar la acción reivindicatoria y otros. Al efecto apuntaron que dicha anotación preventiva sobre la superficie de 6.400 Mts.2, no se convirtió en registro por no contar con un plano aprobado y que a la fecha, el gravamen caducó por el transcurso de más de dos años.
Sobre este punto, el Testimonio No. 511 de 12 de agosto de 2008, de fs. 41 a 42, presentado por el actor como prueba preconstituida, evidencia que Pastor Ávila Trujillo le transfirió una fracción de 64.000 Mts.2 del lote de terreno de su propiedad, sito en el ex fundo La Florida, acusando el recibo de la suma de Bs. 264.960. Dicha transferencia fue anotada preventivamente por ausencia de requisito subsanable