Auto Supremo AS/0403/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0403/2018-RA

Fecha: 21-May-2018

3. De la legitimación procesal

Emitida las resoluciones de alzada (Auto de Vista y su complementario), conforme se tiene de las papeletas de notificación de fs. 355 y 359, se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada con dichas resoluciones en fecha 09 y 11 de abril de 2018 respectivamente; y como el recurso de casación fue presentado en fecha 23 de abril de 2018, tal como se observa del timbre electrónico de fs. 371, se infiere que dicho medio de impugnación fue presentado dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles, toda vez que cuando las partes hacen uso de la facultad que tienen para solicitar aclaración, enmienda y/o complementación, en este caso del Auto de Vista, el plazo para interponer el recurso de casación queda suspendido, corriendo nuevamente desde la notificación con el auto que accedió o denegó la solicitud interpuesta, tal como dispone el art. 226-V del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal