Señala también, que es extraño que el otro co-demandado, es notificado el 27 de marzo
Señala también, que es extraño que el otro co-demandado, es notificado el 27 de marzo de 2018, siendo que estuvo realizando el seguimiento en la espera del Auto de Vista, deduce que existe irregularidades en la forma de notificación referente a la existencia de una notificación el 5 de marzo y al otro co-demandado el 27 de marzo de 2018; manifestando que deberían haber revisado las notificaciones y solicitado informes a la secretaria y oficial de diligencia de ese Tribunal. Por lo que señala, al no existir oficios y/o requerimientos previos de informes por parte de la secretaria y oficial de diligencias, no se verificó la legalidad o ilegalidad del acto procesal de 5 de marzo de 2018 por lo que su derecho al recurso de casación está siendo vulnerado
- Partes: Gabino Alfonso Villagomez Virhuez c/ Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental
- Expediente: SC-60-18-Com
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Contra la referida Resolución, Gabino Alfonso Villagomez Virhuez interpone recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO II
- Señala también, que es extraño que el otro co-demandado, es notificado el 27 de marzo
- Amparado en lo establecido por el art
- CONSIDERANDO III
- II
- De la esencia de la norma, se establece que el nuevo modelo procesal ha tenido
- CONSIDERANDO IV
- Conforme a lo esgrimido en la doctrina aplicable al caso, corresponde señalar que en el
- Teniendo presente los límites de este recurso, en el caso en cuestión, la compulsa planteada
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Se impone multa al compulsante conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
