Regístrese, notifíquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los artículos 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, ANULA el proceso hasta el sello del sorteo de a fs. 198, inclusive, disponiendo que el Tribunal de Alzada, sin espera de turno, bajo responsabilidad administrativa y previo sorteo, pronuncie nuevo Auto de Vista, resolviendo el fondo de la causa con la pertinencia prevista por los artículos 213 y 265 del Código Procesal Civil, emitiendo una resolución positiva o negativa, concediendo o negando los derechos pretendidos.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- I. 1. Antecedentes del proceso
- I.1.1. Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR
- La Comisión de Calificación de Rentas, mediante Resolución Nº 006417 de 1 de junio de
- I.1.2. Resolución del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR
- I.1.3. Resolución del Servicio Nacional de Calificación de Rentas del SENASIR
- Posteriormente, la misma comisión emitió la Resolución Nº 0009159 de 15 de agosto de 2008,
- I.1.4. Resolución de la Comisión de Reclamación
- I.2. Motivos del recurso de casación
- Este fallo originó que Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional de
- CONSIDERANDO II
- artículo 17 de la Ley del Órgano Judicial, este Tribunal tiene la facultad de revisar
- A su vez el artículo 213 del Código Procesal Civil, dispone que: "La sentencia pondrá
- Se debe tener presente que en aplicación del principio de informalismo que rige en los
- Consiguientemente, al advertirse que se incumplieron normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
