II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD:
1.- Se verifica que el recurso, fue presentado dentro el plazo previsto por ley, porque el demandado ahora recurrente, fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 20 de marzo de 2018 (fs. 173) y presentó su recurso el 29 del mismo mes y año; es decir, dentro de los ocho días previstos por el art. 210 del CPT, cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del CPC-2013
- I. CONSIDERACIONES LEGALES
- II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
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- Sin embargo, en el texto del recurso, si bien se identifica una causal de despido
- Por consiguiente se establece que el recurso de casación, incumple la técnica procesal recursiva exigida
- Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por consiguiente, se declara la ejecutoria el Auto de Vista Nº 015/2018 de 01 de
- Se regula el honorario profesional, en Bs. 1000, que mandará pagar el Tribunal ad quem
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.
