Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art
Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art. 274-I-3 del CPC-2013, corresponde aplicar el art. 220-I-4, del mismo Código
- I. CONSIDERACIONES LEGALES
- II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
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- Sin embargo, en el texto del recurso, si bien se identifica una causal de despido
- Por consiguiente se establece que el recurso de casación, incumple la técnica procesal recursiva exigida
- Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por consiguiente, se declara la ejecutoria el Auto de Vista Nº 015/2018 de 01 de
- Se regula el honorario profesional, en Bs. 1000, que mandará pagar el Tribunal ad quem
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.
