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    Auto Supremo AS/0367/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0367/2018-RRC

    Fecha: 05-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 26 de mayo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia S-01/2016 de 5 de enero (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 920/2017-RA de 22 de noviembre,
    • El recurrente, señala que correspondía que en el Auto de Vista se refiera a la
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
    • De los fundamentos del Ministerio Público
    • Que el Tribunal de Sentencia, violentó el principio del debido proceso en su
    • Inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva
    • De los fundamentos de la apelación y adhesión del querellante al recurso del Ministerio Público
    • Alegó que el Tribunal de apelación incurrió en inobservancia y errónea aplicación de la ley,
    • Que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc
    • Que el fallo de mérito, no contiene fundamentación suficiente y motivación jurídica, violentando el principio
    • Que el A quo también incurrió en el defecto previsto por el inc
    • II.2. Del Auto de Vista impugnado
    • Los recursos y la adhesión referida fueron resueltos por Auto de Vista 06/2017 de 13
    • En el numeral 2, declara el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y
    • En el mismo considerando se observa la resolución de los agravios fundados en: i) La
    • Admitido el segundo motivo del recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro del
    • III.1. Del principio de congruencia en el fallo de alzada
    • “El art
    • En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
    • El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
    • Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum quantum
    • (…)”
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • El Auto Supremo 410 de 20 de octubre de 2006, dictado dentro del proceso seguido
    • La escasa o contradictoria fundamentación conlleva violación a derechos y garantías constitucionales tal cual lo
    • Por otra parte el Tribunal de alzada no puede "anular" el proceso y disponer el
    • En cuanto al primer punto que no hubiera sido resuelto por el Tribunal de apelación:
    • Asimismo, de lo relatado en los acápites II
    • Finalmente, corresponde a mayor abundamiento, hacer notar que el imputado Centurión Claudio Merna Condori, no
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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