Auto Supremo AS/0367/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

El recurrente, señala que correspondía que en el Auto de Vista se refiera a la


El recurrente, señala que correspondía que en el Auto de Vista se refiera a la nulidad por defecto absoluto no susceptible de convalidación, pero que no se pronunciaron en relación a los defectos de Sentencia, toda vez que en la misma “se ha incorporado elementos probatorios en violación a las normas de la Ley 1970” (sic) y porque la sentencia fue insuficiente, contradictoria, además de basarse en hechos inexistentes o no acreditados, que existió valoración defectuosa de las pruebas y errónea aplicación de la ley sustantiva, faltando en el Auto de Vista la fundamentación correspondiente, pese a la doctrina legal aplicable señalada en el Auto Supremo 410 de 20 de octubre de 2006. También indica que la escasa y contradictoria fundamentación, vulneró derechos y garantías constitucionales, haciendo referencia a los arts. 370 inc. 5), 124 del CPP, 8.2.h) de la Ley 1430 de 11 de febrero de 1993, refiriendo el Pacto de San José de Costa Rica y art. 14.5 de la Ley “2119” de 11 de septiembre de 2000, aludiendo al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, concluyendo que el Tribunal de alzada omitió referirse a los aspectos cuestionados