Sin embargo, en este punto es propicio recordar que la actividad probatoria durante el juicio
Sin embargo, en este punto es propicio recordar que la actividad probatoria durante el juicio comprende tres momentos: i) La proposición que no es sino la solicitud de la partes al tribunal para que se disponga la recepción, también entendida como la declaración de voluntad hecha por la parte acusadora o imputada a fin de introducir durante el acto de juicio un determinado medio de prueba; ii) La judicialización que es el efectivo ingreso en el juicio del dato probatorio; y, iii) La valoración referida a la operación intelectual destinada a establecer eficacia conviccional de los elementos de prueba recibidos –entendimiento asumido por el Auto Supremo 170/2012-RRC de 24 de julio-; siendo que lo reclamado por el recurrente no es la judicialización de las declaraciones informativas señaladas –de las cuales, evidentemente en el Acta de Audiencia de Juicio Oral no consta oposición alguna por parte de la defensa-; sino más bien, la valoración otorgada por el Tribunal de mérito a dichas pruebas al momento de emitir Sentencia, valoración que conforme a nuestro ordenamiento procesal es impugnable mediante apelación restringida, que sirve precisamente para el control de puro derecho sobre los actos procesales y la actividad jurisdiccional por parte del Tribunal de alzada, lo cual motivó al ahora recurrente a la interposición de su recurso de apelación restringida y posterior memorial de subsanación conforme consta en obrados
- Por memorial presentado el 21 de noviembre del 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 19/2016 de 14 de junio (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Hugo Ossorio Paz (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 182/2018-RA de 21 de marzo, se
- El recurrente alega que el primer agravio planteado en su recurso de alzada, estuvo fundado
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicitó que deliberando en el fondo, se deje sin efecto el Auto de
- I.2. Admisión del recurso
- II.1. De la Sentencia
- Se ha demostrado más allá de toda duda razonable, que el imputado en horas de
- El día previo a la agresión sexual, el imputado compartió bebidas alcohólicas con los padres
- La víctima al momento del hecho ilícito, era menor de 14 años, contaba con 13
- Se advirtió cierto tipo de dependencia de la víctima con relación al imputado, al ser
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra la referida Sentencia, el imputado Hugo Ossorio Paz interpuso recurso de apelación restringida, arguyendo
- Defecto de Sentencia contenido en el inc
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emite el Auto de
- Por cuanto, a las contradicciones en la declaración de la víctima, el recurrente no señala
- En cuanto a la denuncia de ausencia de fundamentación, el apelante no precisa si se
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir Resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- Acusa el recurrente que el Tribunal de alzada incumplió su obligación de observar si el
- De la revisión de antecedentes, se observa que el ahora recurrente en su alzada denunció
- Por su parte, el Tribunal de apelación en atención al defecto denunciado, precisó en los
- Sin embargo, en este punto es propicio recordar que la actividad probatoria durante el juicio
- Ahora bien, con lo precisado en el párrafo precedente, se advierte que el Tribunal de
- De lo expuesto, se evidencia que el Tribunal de alzada omitió su labor a la
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- .
