Auto Supremo AS/0457/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0457/2018-RA

Fecha: 29-Jun-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia de 23/13 de 19 de junio de 2013 (fs. 490 a 509 vta.), el Juez Octavo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Carmelo Cuellar Torrez y Erika Ysabel Hoyos Melendres, autores y culpables de la comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado por el art. 326 inc. 5) del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, con costas.

Contra la mencionada Sentencia, los imputados Carmelo Cuellar Torrez y Erika Ysabel Hoyos Melendres (fs. 579 a 583 vta.), interpusieron recurso de apelación restringida, resuelto por los Autos de Vista 225 de 10 de diciembre de 2013 (fs. 602 a 607), 92 de 12 de noviembre de 2014 (fs. 664 a 669), 125 de 20 de agosto de 2015 (fs. 714 a 716), que fueron dejados sin efecto, por los Autos Supremos 394/2014-RRC de 18 de agosto (fs. 648 a 660 vta.), 348/2015-RRC de 3 de junio (fs. 698 a 709 vta.), 319/2016-RRC de 21 de abril (fs. 736 a 746 vta.); a cuyo efecto, la Sala Penal Tercera emitió el Auto de Vista 09 bis de 6 de febrero de 2017, que declaró admisibles e improcedentes las apelaciones tanto restringida e incidental