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    Auto Supremo AS/0465/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0465/2018-RA

    Fecha: 29-Jun-2018

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    • Por memorial presentado el 10 de enero de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público (fs
    • Por diligencia de 3 de enero de 2018 (fs
    • II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • La recurrente aduce que el recurso de apelación restringida cumplió con los presupuestos del art
    • Invoca los Autos Supremos 131/2007 de 31 de enero, 305/2006 de 25 de agosto, “207/2017-RR
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
    • La recurrente, en el primer motivo de casación refiere que el Auto de Vista de
    • Del análisis del recurso de casación, se hace referencia a la incorrecta aplicación de los
    • La recurrente en su segundo motivo alega que los Vocales señalan la no vulneración de
    • Primeramente corresponde recordar que tal como se ha establecido por las Sentencias Constitucionales 1112/2013 de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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