Auto Supremo AS/0479/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0479/2018-RA

Fecha: 29-Jun-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 6/2015 de 22 de diciembre (fs. 440 a 446), el Tribunal Onceavo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Santiago Mamani Quispe, autor y culpable de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 4) del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más el pago de daños y costas a calificarse en ejecución de sentencia; y, respecto a Eduarda Loza de Mamani, fue absuelta del delito endilgado en su contra.

Contra la mencionada Sentencia, la víctima Sonia Neyza Huanacuni Carvajal (fs. 453 a 455 vta. y 494 a 495 vta.), el imputado Santiago Mamani Quispe (fs. 457 a 464) y el Ministerio Público (fs. 468), formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 70/2017 de 30 de octubre, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que rechazó el recurso del Ministerio Público, y declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados por Sonia Neyza Huanacuni Carvajal y Santiago Mamani Quispe; por ende, confirmó la Sentencia apelada.

Por diligencia de 24 de enero de 2018 (fs. 512), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 30 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad