3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 263 del expediente se establece que los recurrentes Adalid Carlo Ticona y Maria Luz Quispe Ayaviri, fueron notificados con el Auto de Vista SCCII Nº 106/2018 de 20 de abril, el día martes 24 de abril de 2018, y como el recurso de casación fue presentado el 09 de mayo de 2018 tal como observa en el timbre electrónico de fs. 264, es decir dentro el plazo establecido en el artículo 273 del Código Procesal Civil, es decir; dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Expediente: CH-43-18-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- 1
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del Contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
