De la revisión del recurso de casación, se observa que Juana Sosa de Surco representada
De la revisión del recurso de casación, se observa que Juana Sosa de Surco representada por Alberto Angel Yujra Condori, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa que:
a) No se consideró que en la audiencia de conciliación estuvieron presentes los señores Modesto Surco Quispe y Juana Sosa de Surco, por lo que desde un inicio ha sido de su conocimiento el presente proceso de nulidad, sin que exista la indefensión alegada por el Tribunal de alzada
a) No se consideró que en la audiencia de conciliación estuvieron presentes los señores Modesto Surco Quispe y Juana Sosa de Surco, por lo que desde un inicio ha sido de su conocimiento el presente proceso de nulidad, sin que exista la indefensión alegada por el Tribunal de alzada
- Partes: Juana Sosa de Surco c/ Francisco Limachi Pomacahua y Flora Huanca Pachajaya
- Proceso: Nulidad de escritura pública
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-130/2018 de fecha 16 de marzo, que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Juana Sosa de Surco representada
- b) No se tomó en cuenta que dentro del proceso monitorio de entrega de bien
- Solicitando por todo lo expuesto, se conceda el referido recurso de casación
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
