Auto Supremo AS/0320/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2018

Fecha: 06-Jul-2018

En el caso en concreto, el recurrente tampoco ha cumplido con estos requisitos de contenido

En el caso en concreto, el recurrente tampoco ha cumplido con estos requisitos de contenido y no señala cuales serían esas pruebas que demuestren que la actora no tiene derecho al pago del subsidio de frontera en la suma condenada, o cual es el error de hecho o derecho en la valoración y apreciación de la prueba por Juez de Instancia y el Tribunal de Apelación, por cuanto el recurrente solo se limitó a indicar en el recurso interpuesto, que se hubiera aplicado de manera incorrecta la normativa constitucional, sin existir otro argumento técnico jurídico que justifique su reclamo, no resultando suficiente al caso, la enunciación de los Arts. 108 y 119 de la CPE, ya que el Recurso de Casación se limita a la exposición de su propia teoría y de su visión de los hechos declarados probados en la sentencia; olvidando que la casación (sea de forma o de fondo), una vez más se asemeja a una demanda nueva “de puro derecho”, en la que no solo debe identificarse las normas vulneradas, sino, explicarse en que consiste la infracción, violación, falsedad o error en la interpretación y/o aplicación de las mismas