Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
Los recurrentes alegan que el punto 3 del Auto de Vista impugnado, estableció que el Juez de mérito limitó la sola enunciación de las pruebas documentales y testimoniales presentadas por el Ministerio Público y los acusadores particulares, con lo que se consideró violados los arts. 173 y 359 del Código de Procedimiento Penal (CPP), extremo que es señalado como incorrecto por cuanto tales falencias no serían evidentes, de la misma manera, tampoco fue un agravio desarrollado en apelación restringida.
A tiempo de hacer presente que la Sentencia de grado en efecto cumplió las previsiones de los arts. 173 y 359 del CPP, así como no enmarcarse al defecto de sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) de la misma norma Procesal Penal, los recurrentes afirman que “no otra cosa se evidencia de la lectura del A.S N° 067/2013-RRC de 11 de marzo” (sic) para después transcribir una porción del mismo, en la que se hace referencia a trascendencia de un elemento de prueba dentro de la decisión final del fallo.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 9 de febrero de 2018, de fs
- De los antecedentes llegados a casación se extrae
- c) Por diligencia de 5 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Los recurrentes en casación plantean la contradicción del Auto de Vista que impugnan con el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
