Los recurrentes en casación plantean la contradicción del Auto de Vista que impugnan con el
Los recurrentes en casación plantean la contradicción del Auto de Vista que impugnan con el Auto Supremo 067/2013-RRC de 11 de marzo, confrontando al efecto su afirmación de que la Sentencia de grado cumplió de forma cabal las formas exigidas por los arts. 173 y 359 del CPP; y, el contenido del precedente contradictorio invocado, haciendo referencia a la argumentación exigida a los Tribunales de apelación, que en los casos de eventual anulación de una Sentencia por incorrecta o errónea valoración de la prueba, debe realizarse la determinación de eliminar hipotéticamente un elemento de juicio para establecer su trascendencia en el resultado final del fallo. Ésta cuestión, hace pasible el cumplimiento de los requisitos procesales inmersos en los arts. 416 y ss. del CPP, haciendo viable la admisibilidad del presente recurso para el análisis de fondo
- Por memorial presentado el 9 de febrero de 2018, de fs
- De los antecedentes llegados a casación se extrae
- c) Por diligencia de 5 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Los recurrentes en casación plantean la contradicción del Auto de Vista que impugnan con el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
