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    Auto Supremo AS/0540/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0540/2018-RA

    Fecha: 13-Jul-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 16 de marzo de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Jorge Luís Castillo Valencia formuló recurso de apelación restringida
    • Por diligencia de 12 de marzo de 2018 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Por otra parte denuncia, violación a derechos fundamentales y garantías constitucionales en su vertiente derecho
    • Reclama que el Auto de Vista recurrido no se encuentra debidamente fundamentado; no obstante, convalidó
    • Finalmente reclama que el Auto de Vista recurrido incurrió en insuficiente fundamentación que viola derechos
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
    • En cuanto, al primer motivo, donde le recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado
    • Al respecto invocó los Autos Supremos 297/2012-RRC de 20 de noviembre y 060/2012 de 30
    • Con relación al segundo motivo, en el que denuncia, violación a derechos fundamentales y garantías
    • Sobre este agravio, invocó el Auto Supremo 033/2007 de 26 de enero; que establecería que
    • Al respecto invocó, el Auto Supremo 337 de 7 de junio de 2004; empero, corresponde
    • Consecuentemente, al no ser posible verificar la probable aplicación distinta de doctrina legal contenida en
    • Finalmente, respecto al cuarto motivo, en el que reclama que el Auto de Vista recurrido
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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