Por Sentencia de 10 de septiembre de 2015 (fs
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia de 10 de septiembre de 2015 (fs. 443 a 450), el Juez Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Rosmery Sánchez Vda. de Enríquez, autora y culpable de la comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis inc. 3) del CP, imponiendo la pena de tres años y dos meses de reclusión, con costas, daños y perjuicios a favor de la víctima averiguables en ejecución de sentencia
- Por memorial presentado el 20 de marzo de 2018, de fs
- Por Sentencia de 10 de septiembre de 2015 (fs
- Por diligencia de 14 de marzo de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- Considera que el Auto de Vista impugnado se halla erróneamente fundamentado, pues convalida y ratifica
- La valoración sentada en el Fallo impugnado sobre el cumplimiento de las reglas de la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- Es constante en el texto del recurso la referencia a cuestiones sobre valoración de la
- A lo anterior se suma que de acuerdo a la regulación normativa del recurso de
- En esa lógica, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
- En el presente caso, se hace manifiesta alusión a los actos impugnaticios sobre incidentes de
- Por lo expuesto, siendo el recurso manifiestamente defectuoso, no cumple los requisitos mínimos necesarios exigidos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
