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    Auto Supremo AS/0572/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0572/2018-RA

    Fecha: 27-Jul-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 20 de marzo de 2018, de fs
    • Por Sentencia de 01 de 11 de enero de 2018 (fs
    • Contra la mencionada Sentencia y el Auto Interlocutorio de 25 de enero de 2018, la
    • Por diligencia de 13 de marzo de 2018 (fs
    • Previo preámbulo dedicado a cuestionar ausencia de “análisis objetivo de las pruebas documentales de cargo”
    • Respecto a las consideraciones del Tribunal de apelación sobre la ejecución de la pena privativa
    • Manifiesta que el Auto de Vista impugnado no tuvo presente el cumplimiento de formalidades exigidas
    • Denuncia contradicción entre los considerandos primero y séptimo del Auto de Vista, en los que
    • Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 272 de 9 de marzo de 2007, 21
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
    • La recurrente acude a casación manifestando una serie de observaciones que en su criterio puedan
    • La Sala Penal advierte que en la presente acción recursiva no se concreta agravio alguno
    • En ese entendido, correspondía que la recurrente efectué la descripción del agravio en consonancia con
    • Asimismo, si bien el memorial de casación cuestiona actividades procesales que a juicio de la
    • Asimismo si bien en el recurso es perceptible la enunciación de precedentes contradictorios, los mismos
    • En ese entendido, no resulta viable aperturar la competencia de este Tribunal para una posible
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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