Previo preámbulo dedicado a cuestionar ausencia de “análisis objetivo de las pruebas documentales de cargo”
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Previo preámbulo dedicado a cuestionar ausencia de “análisis objetivo de las pruebas documentales de cargo” (sic), en el Auto de Vista impugnado, la recurrente expone como motivos de su recurso los siguientes:
Invocando el Auto Supremo 148/2015-RA-L de 4 de octubre, manifiesta que el Auto de Vista recurrido, resulta contrario al precedente invocado, habida cuenta que éste último no tuvo presente el momento procesal previsto por norma para la presentación de requerimiento conclusivo de parte del Ministerio Público, siendo por efecto de los arts. 301 inc. 4) y 373 del Código de Procedimiento Penal (CPP), a la conclusión de la investigación; empero, en el caso de autos cuando ello sucedió la investigación aún no había concluido, se presentaron adhesiones a la querella y la existencia paralela de otro proceso penal con iguales actores y en similares situaciones a la presente en el que “tampoco se ha procedido a presentar la acusación” (sic). Agrega que el obrar del Juez de origen aceptando el requerimiento abreviado, no tuvo presente que de manera coetánea el Ministerio Público, tanto suscribió el acuerdo de sometimiento a esa salida alternativa, como franqueó los oficios solicitados por el querellante
- Por memorial presentado el 20 de marzo de 2018, de fs
- Por Sentencia de 01 de 11 de enero de 2018 (fs
- Contra la mencionada Sentencia y el Auto Interlocutorio de 25 de enero de 2018, la
- Por diligencia de 13 de marzo de 2018 (fs
- Previo preámbulo dedicado a cuestionar ausencia de “análisis objetivo de las pruebas documentales de cargo”
- Respecto a las consideraciones del Tribunal de apelación sobre la ejecución de la pena privativa
- Manifiesta que el Auto de Vista impugnado no tuvo presente el cumplimiento de formalidades exigidas
- Denuncia contradicción entre los considerandos primero y séptimo del Auto de Vista, en los que
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 272 de 9 de marzo de 2007, 21
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- La recurrente acude a casación manifestando una serie de observaciones que en su criterio puedan
- La Sala Penal advierte que en la presente acción recursiva no se concreta agravio alguno
- En ese entendido, correspondía que la recurrente efectué la descripción del agravio en consonancia con
- Asimismo, si bien el memorial de casación cuestiona actividades procesales que a juicio de la
- Asimismo si bien en el recurso es perceptible la enunciación de precedentes contradictorios, los mismos
- En ese entendido, no resulta viable aperturar la competencia de este Tribunal para una posible
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
