Auto Supremo AS/0599/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0599/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

La recurrente en su primer motivo aduce defecto de Sentencia, por inobservancia o errónea aplicación


La recurrente en su primer motivo aduce defecto de Sentencia, por inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva establecido en el art. 370 inc. 1) del CPP, siendo que existe una errónea calificación de los hechos y errónea fijación judicial de la pena; que invocando los Autos Supremos 372 de 22 de junio de 2004 y 336 de 13 de junio de 2011, se pueden inferir varias contradicciones en el Auto de Vista; ya que, el Tribunal de alzada no se encuentra facultado para revalorizar la prueba aportada por el Ministerio Público, máxime si no se aplicaron las reglas de la lógica, por lo que la Sentencia determina que existe Tentativa de Asesinato, pero califica una Lesión Seguida de Muerte, contradicción que pasa desapercibida por la Sala Penal Primera y gesta una incongruencia en la lógica jurídica. Asimismo, invoca los Autos Supremos 251/2012 de 17 de septiembre y 431 de 11 de octubre de 2006