Auto Supremo AS/0604/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0604/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 604/2018-RA
Sucre, 27 de julio de 2018

Expediente: Cochabamba 32/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Maximiliana Rocha
Delito: Fabricación de Sustancias Controladas

RESULTANDO

Por memorial presentado el 24 de abril del 2018, cursante de fs. 247 a 249, el Representante del Ministerio Público, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 6 de marzo de 2018 de fs. 240 a 245, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la entidad recurrente contra Maximiliana Rocha, por la presunta comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 47 y 33 inc. 1) de la Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 35/2014 de 8 de diciembre (fs. 198 a 209 vta.), el Tribunal Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Maximiliana Rocha, absuelta de la comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 33 y 47 inc. 1) de la Ley 1008, cancelando todas las medidas cautelares de carácter personal.

Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs. 219 a 221 vta.), formuló recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista de 6 de marzo de 2018, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada.

Por diligencia de 18 de abril de 2018 (fs. 246), la entidad recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 24 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios:

El representante del Ministerio Público denuncia, la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, denunciando que el Auto de Vista recurrido solo realizó una relación de hechos y una descripción parcializada de la prueba judicializada en juicio, omitiendo la fundamentación y una valoración ponderada de las pruebas, remitiéndose a las conclusiones de la Sentencia y afirmar que los fundamentos del Tribunal de instancia fueron suficientes, cuando a criterio del recurrente el “Tribunal sentenciador” (sic), no valoró correctamente la prueba desfilada por el Ministerio Público respecto de la responsabilidad penal de Maximiliana Rocha, en la comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, deviniendo en defecto absoluto e insubsanable previsto por el art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP); refiere también que, no se tomaron en cuenta muchas pruebas que no fueron excluidas por los imputados en el juicio, las cuales determinarían la responsabilidad penal de la encausada en el ilícito acusado