En los argumentos expuestos, la parte recurrente denuncia de manera imprecisa la falta e insuficiente
En los argumentos expuestos, la parte recurrente denuncia de manera imprecisa la falta e insuficiente fundamentación fáctica como jurídica, incongruencia omisiva, y errónea aplicación de la ley sustantiva –Fabricación de Sustancias Controladas [arts. 47 con relación al 33 inc. l)] de la Ley 1008- en que hubiera incurrido el Tribunal de alzada, con el argumento de que, éste sólo realizó una relación de hechos y una descripción parcializada de la prueba judicializada en juicio, omitiendo la fundamentación y una valoración ponderada de las pruebas, remitiéndose a las conclusiones de la Sentencia y concluir que los fundamentos del Tribunal de Sentencia son suficientes, sin fundamentar el por qué consideró que no existe mérito o existe falta de fundamentación en la apelación restringida, siendo éste el erróneo razonamiento que lo habría llevado a sostener no existiendo inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, por lo que no existió el defecto previsto en el art. 370 incs. 1), 5) y 6) del CPP; asimismo, denuncia revalorización de la prueba al afirmarse que el Tribunal de apelación hizo un análisis descriptivo, intelectivo y jurídico de la prueba, sin tomar en cuenta los agravios expuestos por el Ministerio Público en su apelación restringida, considerando por ello vulnerados el debido proceso y la seguridad jurídica
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de Autos, se advierte que la entidad recurrente fue notificado con el
- En los argumentos expuestos, la parte recurrente denuncia de manera imprecisa la falta e insuficiente
- Al respecto y no obstante de los argumentos del recurrente, se advierte el incumplimiento de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
