Auto Supremo AS/0606/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0606/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 606/2018-RA
Sucre, 27 de julio de 2018

Expediente: Santa Cruz 74/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Sandra Urdininea Arias
Delito: Suministro de Sustancias controladas

RESULTANDO

Por memorial presentado el 11 de abril del 2018, cursante de fs. 226 a 231, Sandra Urdininea Arias, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 16 de 4 de diciembre del 2017, de fs. 220 a 224 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 11/17 de 6 de julio del 2017 (fs. 194 a 197), el Juez Público Mixto de Familia, Niñez, Adolescencia y de Sentencia de Yapacaní del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Sandra Urdininea Arias, autora de la comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de presidio, más trescientos días multa a razón de Bs. 1.- por día, con costas a calificarse en ejecución de sentencia.

Contra la mencionada Sentencia, la imputada Sandra Urdininea Arias (fs. 199 a 203), interpone recurso de apelación restringida, resuelto por el Auto de Vista 16 de 4 de diciembre del 2017, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada.

Por diligencia de 4 de abril del 2018 (fs. 225), la acusada Sandra Urdininea Arias fue notificada con el Auto de Vista impugnado; y, el 11 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad