En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que
En el caso de autos, se establece que el 4 de abril del 2018, fue notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado; y, el 11 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.
En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que:
En el primer agravio planteado, la recurrente a tiempo de denunciar de manera general que el Tribunal de apelación vulneró derechos, garantías, principios y preceptos constitucionales, pactos y convenios internacionales, así como normas sustantivas y adjetivas, al confirmar la Sentencia “sin establecer cómo se probó su acción ilícita”, incurriendo en falta de fundamentación; no invocó precedente y en consecuencia tampoco precisó la contradicción entre el fallo que debió invocar y el Auto de Vista impugnado. Por otro lado, si bien es evidente que de los argumentos generales que expone se infiere que denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación, no identificó de manera correcta cuál es el argumento de alzada que carece de fundamentación; finalmente, no precisó qué derechos, garantías y principios constitucionales fueron vulnerados por el Tribunal de apelación y en que consiste esa vulneración o restricción. Por lo que, el motivo analizado, deviene en inadmisible por incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP y los de flexibilización
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Refiere que el Tribunal de apelación no se pronunció sobre el incidente de exclusión probatoria,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
