4. Del contenido del recurso de casación
De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista N° 103/2018 de fecha 26 de abril, cursante de fs. 476 a 478 de obrados; esté goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que por memorial de fs. 457 a 461, interpuso oportunamente recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia; en ese entendido, siendo que dicha impugnación dio curso a que el Tribunal de alzada emita Auto de Vista confirmatorio, es que se colige que la interposición del presente recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación
4. Del contenido del recurso de casación
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 103/2018 de fecha 26 de abril, cursante de
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a)El Tribunal de alzada a momento de dictar el Auto de Vista incurrió en la
- b)Que el Auto de Vista infringió lo establecido en el art
- c)La errónea valoración de la prueba por parte del Tribunal de alzada, ya que no
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
