CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 715/2018-RA
Fecha: 27 de julio de 2018
Expediente: O-32-18-S
Partes: Feliodoro Aranibar Calle c/ Waldo Félix Ayala y otros
Proceso: Usucapión
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación de fs. 614 a 616 vta., interpuesto por Feliodoro Aranibar Calle; contra el Auto de Vista Nº 81/2018 de 07 de junio, cursante de fs. 600 a 604, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario sobre usucapión, seguido por el recurrente en contra Waldo Félix Ayala y otros; el Auto de concesión del recurso de fecha 17 de julio de 2018, cursante en fs. 622; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base al memorial de demanda de fs. 4 a 5, subsanada por memoriales de fs. 8, 21, 23 y 26, Feliodoro Aranibar Calle inició proceso ordinario sobre usucapión; acción que fue dirigida contra Waldo Félix Ayala y otros, quienes una vez citados, por memorial de fs. 67 a 69, 95 y 110 a 111 contestaron a la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 87/2016 de fecha 08 de noviembre, cursante de fs. 533 a 535 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 6 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro declaró IMPROBADA la demanda antes referida
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 715/2018-RA
Fecha: 27 de julio de 2018
Expediente: O-32-18-S
Partes: Feliodoro Aranibar Calle c/ Waldo Félix Ayala y otros
Proceso: Usucapión
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación de fs. 614 a 616 vta., interpuesto por Feliodoro Aranibar Calle; contra el Auto de Vista Nº 81/2018 de 07 de junio, cursante de fs. 600 a 604, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario sobre usucapión, seguido por el recurrente en contra Waldo Félix Ayala y otros; el Auto de concesión del recurso de fecha 17 de julio de 2018, cursante en fs. 622; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base al memorial de demanda de fs. 4 a 5, subsanada por memoriales de fs. 8, 21, 23 y 26, Feliodoro Aranibar Calle inició proceso ordinario sobre usucapión; acción que fue dirigida contra Waldo Félix Ayala y otros, quienes una vez citados, por memorial de fs. 67 a 69, 95 y 110 a 111 contestaron a la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 87/2016 de fecha 08 de noviembre, cursante de fs. 533 a 535 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 6 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro declaró IMPROBADA la demanda antes referida
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- En el marco de lo preceptuado en el art
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 81/2018 de fecha 07 de junio, que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Feliodoro Aranibar Calle, en lo
- c)No se ha realizado un análisis de los hechos comprobados en la audiencia de inspección
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
