En grado de apelación interpuesta
I.1.4. Auto de Vista.
En grado de apelación interpuesta por la solicitante de fs. 182 a 187 y vta., la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió el Auto de Vista Nº 70/2016 de 2 de septiembre cursante de fs. 195 a 196 y vta., por el cual revocó la Resolución Nº 642/2015 de 19 de agosto cursante de fs. 171 a 175 vta., y dispuso que la Comisión de Reclamación del SENASIR dicte nueva Resolución reconociendo a favor de la solicitante, los periodos efectivamente trabajados y aportados en la empresa FATITEX S.R.L., sea con las formalidades de ley
En grado de apelación interpuesta por la solicitante de fs. 182 a 187 y vta., la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió el Auto de Vista Nº 70/2016 de 2 de septiembre cursante de fs. 195 a 196 y vta., por el cual revocó la Resolución Nº 642/2015 de 19 de agosto cursante de fs. 171 a 175 vta., y dispuso que la Comisión de Reclamación del SENASIR dicte nueva Resolución reconociendo a favor de la solicitante, los periodos efectivamente trabajados y aportados en la empresa FATITEX S.R.L., sea con las formalidades de ley
- Mediante Informe realizado por Cristhian
- Que, por lo manifestado precedentemente,
- I
- Mediante Auto Nº 00001825 de
- Ante esta circunstancia, la solicitante
- En grado de apelación interpuesta
- Luego de una relación acerca
- Todos estos aspectos generaron serias
- Para finalizar, señaló que el
- Concluyó solicitando que el Tribunal
- En respuesta al recurso de
- En atención a lo expuesto
- Que así expuestos los fundamentos del
- Por todo lo expuesto,
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
