En el presente caso, se hace manifiesta alusión a actos impugnaticios sobre incidentes de exclusión
En el presente caso, se hace manifiesta alusión a actos impugnaticios sobre incidentes de exclusión probatoria que habrían sido rechazadas por el juzgador y apelada ante el Tribunal de alzada confirmando la decisión asumida; pretendiendo la recurrente promover recurso contra una Resolución que resuelve una apelación incidental, situación no atendible en casación, pues este Tribunal carece de competencia para pronunciarse sobre temas incidentales que fueron resueltos por el Juez o Tribunal de origen y que merecieron un pronunciamiento del Tribunal de alzada; por cuanto, las resoluciones que resuelven las cuestiones enumeradas en el art. 403 del CPP, sólo son susceptibles de apelación incidental, sin que se les reconozca ulterior recurso; máxime si se tiene presente que el art. 394 de la Ley Adjetiva Penal, dispone que: "Las resoluciones judiciales serán recurribles sólo en los casos expresamente establecidos por este Código"; por lo que, al haberse planteado recurso de casación contra una resolución no apelable en casación, se concluye que el motivo denunciado resulta inviable en su análisis de fondo
- Por memorial presentado el 4 de mayo de 2018, fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada Marina Tapia Vda
- Por diligencia de 26 de abril de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Sostiene que la prueba producida en juicio oral arroja, como hechos probados, que sus padres
- Manifiesta que a pesar de haberse cuestionado en apelación restringida la fundamentación referida a la
- Invoca como precedentes contradictorios los Auto Supremos 114/2011 de 6 de abril y 141 de
- Expresa que durante el juicio oral se formuló incidente de exclusión probatoria sobre el Informe
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En cuanto a los motivos primero y segundo, la recurrente reclama errónea aplicación de la
- A lo anterior se suma que de acuerdo a la regulación normativa del recurso de
- En esa lógica, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
- En el presente caso, se hace manifiesta alusión a actos impugnaticios sobre incidentes de exclusión
- En conclusión y por lo expuesto, el recurso no cumple los requisitos necesarios exigidos por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
