Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Verónica Irma Conarco Correa (fs
Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Verónica Irma Conarco Correa (fs. 78 a 81 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, que previo memorial de subsanación (fs. 97 a 98), fue resuelto por Auto de Vista 28/2018 de 16 de abril, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 14 de mayo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Verónica Irma Conarco Correa (fs
- Por diligencia de 7 de mayo de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En cuanto a los argumentos del único motivo traído en casación, no se logra inferir
- Respecto a ello, conviene destacar que este Tribunal tiene específicas atribuciones a tiempo de resolver
- Se observa también, que la recurrente se limita prácticamente a realizar una transcripción de su
- Finalmente, cabe señalar que si bien la recurrente hace alusión de manera escueta a la
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
