Auto Supremo AS/0631/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0631/2018-RA

Fecha: 07-Ago-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 631/2018-RA
Sucre, 07 de agosto de 2018

Expediente: Chuquisaca 25/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Nieves Gutiérrez Cruz y otra
Delito: Trata de Seres Humanos

RESULTANDO

Por memorial presentado el 15 de mayo de 2018, cursante de fs. 517 a 529 vta., Nieves Gutiérrez Cruz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 152/2018 de 24 de abril, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teófilo Calle Montalvo contra Ruperta Lazcano Bedregal Vda. de Calizaya y la recurrente, por la presunta comisión del delito de Trata de Seres Humanos, previsto y sancionado por el art. 281 Bis del Código Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 37/2017 de 15 de septiembre (fs. 368 a 392 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Nieves Gutiérrez Cruz y Ruperta Lazcano Bedregal Vda. de Calizaya, culpables de la comisión del delito de Trata de Seres Humanos, la primera en grado de autoría y la segunda en grado de Encubrimiento, previstos y sancionados por el art. 281 Bis incs. a) y f), con relación al art. 171 todos del CP, imponiendo la pena de doce años de presidio a la primera y dos años de reclusión a la segunda, siendo beneficiada con el perdón judicial. Ambas imputadas fueron sancionadas, con costas, daños y perjuicios en favor de la víctima, averiguables en ejecución de sentencia